Diego Zerda, imputado por instigación al suicidio y amenazas simples —esta última en perjuicio del hermano de la víctima—, fue notificado formalmente en una audiencia solicitada por la Unidad Especializada de Homicidios I, a cargo del fiscal Pedro Gallo. El procedimiento estuvo a cargo del auxiliar de fiscal Lucas Manuel Maggio, quien detalló las circunstancias de la aprehensión: Zerda fue detenido en el Hospital Obarrio, adonde había ingresado días antes por un tratamiento psiquiátrico vinculado a un diagnóstico de adicciones.
Tras la evaluación del médico forense del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF), se concluyó que el acusado “tiene capacidad de comprender sus actos y dirigir sus acciones”. En la audiencia, la fiscalía expuso la teoría del caso y las pruebas reunidas. Entre los elementos reseñados figuran: el reconocimiento médico legal practicado a la víctima —cuyo deceso se determinó por asfixia mecánica por ahorcadura—; un video de 1:13 minutos capturado durante una transmisión en vivo por la red social TikTok; un audio enviado por el imputado al hermano de la víctima; y diversas capturas de pantalla.
Asimismo, se incorporaron declaraciones de testigos, entre ellas tres amigas que presenciaron la transmisión en vivo y relataron el tratamiento psicológico que seguía la joven y su temor ante supuestas brujerías.
Maggio pidió la prisión preventiva por cuatro meses al describir riesgos procesales —peligro de fuga y de entorpecimiento— y al sostener que el hecho se cometió aprovechando la vulnerabilidad de la víctima. El fiscal afirmó que el imputado habría utilizado una relación afectiva previa para persuadirla con mensajes concretos de quitarse la vida y que la conducta se enmarca en un contexto de violencia de género reiterada, circunstancia que, según la fiscalía, potencia los agravantes. También aportó antecedentes del imputado por amenazas y desobediencias en otros expedientes.
Quedan pendientes pericias sobre tres teléfonos celulares —para extracción y análisis—, oficios dirigidos a plataformas (TikTok y Meta), solicitudes a compañías telefónicas y entrevistas a familiares y amigos. El imputado se abstuvo de declarar; la defensa solicitó prisión preventiva con cumplimiento en arresto domiciliario en el Hospital Obarrio y la colocación de un dispositivo de geolocalización. La madre de la víctima intervino en la audiencia para reclamar: “Él estuvo viendo el vivo cuando mi hija se quitó la vida. Yo lo quiero en el penal”. El padre agregó: “Si lo dejan suelto, habrá otra Karla”.
Tras un cuarto intermedio, el juez consideró que la calificación legal provisoria era adecuada y ordenó el encierro cautelar por dos meses, fundamentado en el informe del médico forense que habilita su alojamiento en el servicio penitenciario.
Qué dice la acusación
Según la fiscalía, desde 2022 el imputado ejerció violencia física y psicológica contra Karla Nahir Naomi Robles, con quien mantuvo una relación de aproximadamente cinco años. La acusación señala que Zerda le profirió en reiteradas oportunidades expresiones como: “Estás loca, por eso te internaron, matate de una vez”, y que si no volvía con él sería mejor que se mate o que él acabaría con toda su familia.
La fiscalía sostiene que con ese accionar sistemático convenció y persuadió intencionalmente a Robles para que se quite la vida. El hecho puntual que motiva la imputación ocurrió —según la versión fiscal— el viernes 24 de octubre, alrededor de las 3.20 de la madrugada, en la habitación trasera del domicilio de la víctima en calle Congreso al 2.700 de esta capital. En ese lugar, Robles se ahorcó con una soga desde la estructura de la ventana de su habitación. Minutos después del deceso, a las 4.17, el acusado habría enviado por WhatsApp un audio al número del hermano de la joven con la presunta intención de amedrentarlo.
La causa continúa con las pericias técnicas solicitadas y la recolección de evidencia digital que podría aportar mayores precisiones sobre la comunicación entre las partes y el entorno de la víctima en las horas previas al hecho. La prisión preventiva inicialmente requerida por la fiscalía fue limitada por el juez a un plazo de dos meses, mientras se profundizan las medidas investigativas y se evalúan los riesgos procesales alegados por las partes.