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11/08/2026 | Hace 4 horas

Condenaron a cuatro años de prisión al policía que mató al “Gordo Ale”

Condenaron a cuatro años de prisión al policía que mató al “Gordo Ale”
Claudio Roberto Brandán fue hallado responsable del homicidio de Raúl Alejandro Vargas, ocurrido en marzo de 2025. La jueza Fanny Siriani consideró que actuó en exceso de la legítima defensa y agravó la condena por el uso de un arma de fuego.

El juicio por el homicidio de Raúl Alejandro Vargas, conocido como “El Gordo Ale”, llegó este lunes a su final con una condena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo para el cabo primero de la Policía Claudio Roberto Brandán.

La jueza Fanny Siriani consideró que el acusado fue autor voluntario y materialmente responsable del delito de homicidio simple cometido en exceso en la legítima defensa, agravado por el uso de arma de fuego.

La resolución se conoció luego de una semana de audiencias, en las que se analizaron las pruebas reunidas por la Fiscalía y la versión brindada por el acusado, quien había sostenido que actuó para defenderse.

La Fiscalía, representada durante el debate por el auxiliar de fiscal Lucas Maggio, había solicitado una pena de 13 años de prisión efectiva. La querella adhirió al planteo de la acusación pública.

Durante su alegato, Maggio sostuvo que la evidencia presentada durante el juicio permitía acreditar la responsabilidad penal de Brandán y cuestionó su explicación de los hechos.

“Los elementos incorporados al juicio permiten considerar la versión del acusado como una mera estrategia de carácter defensista”.

El fundamento de la condena
Al momento de dictar sentencia, Siriani consideró que no estaba acreditado el dolo homicida, pero sí entendió que Brandán se excedió en los límites de la legítima defensa.

La magistrada puso el foco especialmente en la manera en que el policía utilizó el arma de fuego.

“Si él luchó con Vargas y lo desapoderó del arma, pudo haber disparado a otro lugar que no fuera una zona vital”.

En ese sentido, recordó que Brandán, por su condición de integrante de la fuerza de seguridad, tenía obligaciones específicas respecto del uso de la fuerza.

“Él, al ser policía, tiene la obligación de hacer un uso progresivo de la fuerza”.

La jueza también cuestionó la conducta del acusado después del disparo, al considerar que no tomó medidas para asistir a Vargas ni se presentó inmediatamente ante las autoridades.

“No llamó al 911 ni al 107. No se puso a disposición de la autoridad judicial sino hasta que la policía fue a buscarlo siete horas después a su domicilio”.

Cómo ocurrió el homicidio
El hecho ocurrió el 29 de marzo de 2025, alrededor de las 3.45, cuando Brandán se encontraba trabajando como personal de seguridad en una garita ubicada en la intersección de las calles Inca Garcilaso y Benjamín Matienzo.

Según la investigación, Vargas llegó hasta el lugar y, en ese contexto, Brandán efectuó un disparo con un arma de fuego que impactó en el hemitórax anterior izquierdo de la víctima.

Vargas murió en el lugar como consecuencia de la herida.

Después del episodio, Brandán se retiró a bordo de una motocicleta y permaneció en su domicilio hasta que fue localizado por efectivos policiales varias horas después.

La investigación estuvo a cargo de la Unidad Fiscal de Homicidios I, conducida por Pedro Gallo. Durante el debate, Maggio estuvo acompañado por la investigadora Paula Ponce.

Con la sentencia de este lunes, la Justicia consideró probado que Brandán fue responsable del homicidio, aunque encuadró su conducta como un exceso en la legítima defensa y no como un homicidio doloso, lo que determinó una pena considerablemente menor a la solicitada por la Fiscalía.

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