Un hecho sucedido en Tafí Viejo marcó la puesta en marcha del Régimen Penal Juvenil en la provincia: un adolescente de 14 años fue imputado por la tentativa de hurto tras intentar, junto a otras tres personas, sustraer una moto. El episodio, que tuvo lugar en el barrio Lomas de Tafí, sirve como ejemplo temprano de las transformaciones procesales que trae la norma y anticipa un debate que los operadores judiciales venían postergando.
Cómo ocurrió el hecho
Según la reconstrucción, el lunes cuatro jóvenes ingresaron a una vivienda sin protección en el frente y empujaron la moto que estaba estacionada. La víctima los descubrió y los increpó: los adolescentes huyeron y uno fue retenido por vecinos, que —según las versiones— le habrían propinado golpes antes de la llegada policial. La fuerza lo aprehendió y quedó a disposición del fiscal Carlos Saltor, quien ordenó su traslado al Centro de Admisión y Derivación. Allí se constató que tenía 14 años; dijo no contar con documento y se recomendó asistencia médica.
La entrada en vigencia del Régimen Penal Juvenil —que redujo la edad de imputabilidad de 16 a 14 años— introduce una serie de diferencias procesales respecto del régimen anterior. En este caso puntual se observan, al menos, los siguientes cambios:
Imputabilidad a partir de los 14 años: el adolescente fue formalmente acusado por tentativa de hurto, algo que antes no hubiera ocurrido si la edad de imputabilidad era superior.
Inicio de investigación por delitos leves: quedó bajo investigación a pesar de tratarse de un ilícito con pena prevista entre un mes y seis meses; antes solo se abrían causas por delitos con penas superiores a dos años.
Participación activa del fiscal en la recolección de pruebas: el fiscal Saltor ordenó búsqueda de evidencias —cámaras y testimonios— para formar un expediente, una tarea que bajo la normativa anterior no necesariamente podía emprenderse en estos casos.
Alternativas procesales: con las pruebas, se decidirá si hay audiencia para formular cargos o si se busca una salida alternativa como la probation (suspensión del juicio a prueba). Al no registrar antecedentes, el acusado podría acceder a esa figura.
Consulta a la víctima: el representante del Ministerio Público deberá indagar la postura de la víctima respecto de una salida alternativa y sobre eventuales reparaciones.
Procesamiento en libertad y medidas de protección: el menor no irá a prisión. Un juez de Niños, Niñas y Adolescentes podrá imponer reglas de conducta, prohibiciones de acercamiento y medidas de reparación, que deberán ser informadas personalmente al adolescente y a sus padres o tutores.
Reacciones y desafíos que se abren
En Tucumán la norma se aplica sin sobresaltos aparentes, pero las autoridades y operadores judiciales mantienen reuniones para ajustar su implementación. Surgen, sin embargo, dudas sobre la organización institucional y la capacidad de absorción del nuevo caudal de casos.
Uno de los interrogantes más relevantes es si harán falta fiscalías y defensorías especializadas. Los planteos técnicos insisten en que la especialización facilitaría la tramitación y evitaría la saturación de oficinas que hoy llevan otras causas.
El abogado penalista José María Molina señaló que “es una gran posibilidad que ello ocurra. El Régimen no sólo implica la baja de la edad de imputabilidad, sino que ahora los menores deberán responder por todos los delitos que cometan”. Molina advirtió que habrá mayor intervención judicial y que la reordenación del sistema es necesaria porque los plazos procesales son más breves.
Desde otra perspectiva, Javier Lobo Aragón (h) indicó que “la nueva norma va a someter a procesos penales a más adolescentes, por lo que necesariamente habrá una carga más importante en el trabajo judicial”. Subrayó la necesidad de un seguimiento específico por edad y entorno familiar para un trato diferenciado y efectivo.
Finalmente, la abogada penalista Candelaria Hernández advirtió sobre el riesgo de que la respuesta estatal se reduzca a lo punitivo si la reforma no se acompaña con políticas públicas. “Si no se acompaña su implementación con políticas de prevención en las escuelas, en los barrios, con equipos interdisciplinarios, con el fortalecimiento de las familias y oportunidades reales de inclusión, el riesgo es terminar judicializando situaciones mucho más complejas que un hecho delictivo”, afirmó. Propuso abordar las conductas desde un enfoque de desarrollo integral y no meramente represivo.
El caso del adolescente en Tafí Viejo ejemplifica las consecuencias inmediatas del nuevo régimen: más procesos abiertos, mayor intervención fiscal y judicial, y la necesidad de estructuras y políticas complementarias para asegurar respuestas integrales. La discusión que se abre en la provincia combina aspectos técnicos —organización institucional, plazos y especialización— con la necesidad de políticas de prevención y asistencia para evitar que la justicia penal sea la única respuesta frente a la conflictividad juvenil.