Ayer lunes 8 de septiembre se desarrolló la última audiencia, correspondiente a la segunda etapa de juicio, donde se establecieron las penas impuestas a cada una de las imputadas por el crimen de Emmanuel Luna. En representación del Ministerio Fiscal intervino la Unidad Fiscal de Homicidios I, a cargo de Pedro Gallo, asistido por el instructor Juan Vilardi.
Durante la jornada, las acusadas y los familiares de las víctimas hicieron uso del derecho de emitir sus últimas palabras. Luego, la magistrada María Soledad Hernández pasó a deliberar, para posteriormente dar a conocer lo dispuesto, imponiendo en contra de María Soledad González (40) y de Camila Stefanía Robledo (26), las penas de 17 y 15 años de cárcel respectivamente.
En sus alegatos de clausura, el fiscal Gallo había señalado que la pretensión punitiva del MPF era de 20 años de prisión para González y Robledo, por los delitos de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en perjuicio de Emmanuel Rodolfo Luna (26), en concurso ideal con homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa en perjuicio de Matías Ignacio Robles, por el hecho ocurrido en fecha 27 de agosto del año 2023 por el que fueran oportunamente declaradas responsables penalmente las imputadas; la primera en calidad de autora y la segunda como partícipe necesaria.
“Fue un hecho especialmente violento. Las acusadas se dirigieron en moto hasta inmediaciones del domicilio de Luna y sin más, González disparó provocándole la muerte e hiriendo a Robles, exhibiendo un claro desprecio por la vida. Hubo una planificación previa y una decisión firme de matar”, señaló el fiscal.
Cabe recordar que el 9 de diciembre del año 2024, un Tribunal resolvió absolver por el beneficio de la duda a las acusadas. En tanto, en abril pasado, a partir del recurso de impugnación interpuesto por el representante del Ministerio Fiscal, el Tribunal de Impugnación declaró la responsabilidad penal de González y Robledo por el crimen de Luna y el intento de homicidio de Robles, sucedido en la localidad de Lastenia.