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08/07/2021

Gesto electoral de Alberto Fernández para la CGT

El Gobierno necesita que el sindicalismo se sume a la campaña y por eso dictó un decreto que reavivó la polémica en el sector: los asalariados no podrán escoger su obra social por un año cuando ingresen a un empleo nuevo. Qué está en juego con los cambios

En la Confederación General del Trabajo (CGT) respiran con alivio. Con el decreto que modifica el sistema de libre elección de la obra social, Alberto Fernández cumplió una de las promesas que le había hecho hace dos meses en la Quinta de Olivos y ahora espera que se concrete la otra: el pago $11.000 millones a las obras sociales para compensar los gastos del rubro discapacidad en educación y transporte.

Son dos medidas reclamadas por el sindicalismo para frenar el creciente desfinanciamiento del sistema de obras sociales y la dirigencia cegetista acumulaba malestar contra el Gobierno porque el Presidente asumió el compromiso de impulsar ambos pedidos el 6 de mayo, pero desde entonces estaban trabados.

El DNU que dispone el cambio de la libre elección estuvo demorado en el Ministerio de Salud y luego retenido en la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia. Los fondos adicionales para cubrir los gastos por discapacidad están desde hace semanas bajo análisis de la Secretaría de Hacienda de la Nación.

Para los sindicalistas, Alberto Fernández acusó recibo de la bronca de la CGT, aunque, sobre todo, pesó la necesidad del oficialismo de que gremialistas se sumen con entusiasmo a la campaña electoral. Luego del auxilio para las obras sociales, el jefe del Estado quiere sumar en las listas a candidatos provenientes de las filas gremiales para alinear a la dirigencia detrás del objetivo de ganar los comicios legislativos.

En el pelotón de postulantes están desde ultrakirchneristas como Hugo Yasky (titular de la CTA oficialista) y Vanesa Siley (del Sindicato de Trabajadores Judiciales), diputados cuyo mandato vence en diciembre, hasta nombres que aportarán la CGT a través de Héctor Daer, uno de sus cotitulares, y el bancario Sergio Palazzo.

En la medicina privada están en desacuerdo con el nuevo DNU. Hugo Migonza, director del CEMIC y miembro de la conducción de la Unión Argentina de Salud (UAS), dijo a Infobae que “es una restricción a la libertad de opción que tienen los trabajadores” y destacó que “es una consecuencia no deseada de la falta de incremento de cuotas, ya que en 2020 los salarios aumentaron 32% por RIPTE y las cuotas, 10%”.

“Eso implica que, en términos de salario, la cuota es más económica y, por consiguiente, el aporte al sistema es menor por el no traslado y, además, se hace más accesible pasar de una obra social con muy poco aporte adicional o nulo a una medicina prepaga, facilitando la migración de un sistema a otro”, agregó.

De todas formas, todo esfuerzo por conformar al sindicalismo nunca será completo si no incluye garantías desde el máximo poder político de que se preservarán las obras sociales. Por eso en el oficialismo congelaron cualquier mención a la reforma del sistema de salud predicada por Cristina Kirchner y ahora, aunque con demora, se modificó la libre elección de las obras sociales instaurada en los años noventa.

El flamante Decreto 438/21, firmado por el Presidente y los ministros Santiago Cafiero y Carla Vizzotti, establece que cada nuevo trabajador deberá permanecer un año en la obra social que corresponde a su actividad antes de disponer el eventual traspaso de sus aportes a otra entidad.

Para los sindicalistas, desde ahora se podrá corregir una distorsión que provocó la libre elección: hasta el momento, los trabajadores más jóvenes, sanos y con mejores ingresos eran absorbidos por obras sociales chicas que llegaban a acuerdos con prepagas para derivarles esos afiliados, cuyos aportes quedaban en el sector privado y no iban al sistema de seguridad social, que tiene un componente solidario.

Esa modalidad hizo que obras sociales grandes perdieran afiliados en desmedro de entidades más pequeñas (verdaderos sellos de goma en algunos casos) que lograron tener una enorme cantidad de beneficiarios gracias a la triangulación de los aportes. Así se produjo el fenómeno del “descreme”, en alusión a la “crema” que representan los trabajadores con sueldos más altos y cuyos aportes quedan en manos de las prepagas.

Luis Scervino, ex titular de la Superintendencia de Servicios de Salud, estimó que “la medicina prepaga tiene cerca de 5 millones de personas y casi el 80 % pertenece a obras sociales que triangularon aportes”. Aseguró que “esto viene pasando hace ya más de quince años, se pasaron más de 4 millones de personas y actualmente se pasan cerca de 30.000 por mes”, dijo el ex funcionario en 2017.

Según datos oficiales, en junio pasado hubo 42.075 traspasos de obra social, lo que da una idea de la importancia de la medida reclamada por la CGT y que el Gobierno aplicó con el DNU.

Los dirigentes gremiales se quejan desde hace décadas de que el “descreme” hizo estallar el espíritu solidario que es el corazón del sistema de seguridad social: los trabajadores hacen aportes de acuerdo con sus niveles de ingresos y esos fondos se destinan a brindar las mismas prestaciones médicas para todos.

El nuevo decreto permite que los aportes obligatorios de los trabajadores no puedan ser derivados y deban permanecer durante un año en la obra social de la rama de actividad a la que pertenecen. Al condicionar temporalmente la libre elección podrían entrar en crisis los acuerdos con las prepagas y muchos empleados elegirían quedarse con la obra social que les corresponde en lugar de habilitar el traspaso.

El límite a la libre elección de la obra social es un antiguo reclamo del gremialismo: la redacción original del Decreto 9/93, que estableció ese derecho, fijó en su artículo 13 que los trabajadores que iniciaran una relación laboral debían permanecer como mínimo un año en la obra social correspondiente a su rama de actividad antes de poder ejercer su derecho de opción. Ocho años más tarde, con el Decreto 1400/01, se permitió que el derecho de opción se ejerciera desde el momento mismo del inicio de la relación laboral.

Ahora, el flamante Decreto 428/21 contempla que “la opción de cambio podrá ejercerse sólo una vez al año durante todo el año calendario y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud” y vuelve a los alcances de la norma dictada en 1993 al establecer que “los trabajadores y las trabajadoras que inicien una relación laboral deberán permanecer un año en la obra social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio”.

¿Llegarán a tiempo los 11.000 millones de pesos al sistema de obras sociales para terminar de conformar al sindicalismo? El desfinanciamiento de las entidades sindicales de salud así lo exige. Y también lo requieren las necesidades políticas de un oficialismo que apuesta a ganar como sea las próximas elecciones.

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