El pasado jueves, se llevó a cabo en la provincia una audiencia judicial en la que se formalizó un acuerdo de juicio abreviado entre el abogado Miguel Gustavo Morales y el Ministerio Público Fiscal (MPF). Dicho acuerdo se originó a partir de la acumulación de diversas causas penales en las que Morales se encontraba involucrado, destacándose su participación en un intento de sedición policial y la presentación de testigos falsos en múltiples ocasiones. Durante la audiencia, la fiscal Mariana Rivadeneira, junto a su asistente Brenda Deroy, expuso los hechos que llevaron a la imputación del letrado.
Morales fue acusado de instigar a miembros de la fuerza policial a levantarse en contra de la autoridad, un hecho que se produjo entre el 29 de enero y el 25 de febrero de 2024. Según la acusación, el abogado grabó y difundió a través de redes sociales videos que promovían esta conducta sediciosa, lo cual fue considerado como un acto que menoscaba la autoridad policial y el orden público. Además, el letrado reconoció ante el juez su culpabilidad en la presentación de un testigo falso en al menos tres causas judiciales. Este testigo, que fue indicado por Morales, prestó declaración falsa en procesos donde el abogado ejercía como defensor, lo que comprometía la integridad de la administración de justicia.
La fiscalía presentó cerca de un centenar de evidencias que respaldaban estas acusaciones, lo que permitió una clara construcción del caso en su contra. A su vez, Morales fue implicado en otras tres causas correspondientes a desobediencia judicial. Se le atribuyó haber proporcionado información sensible a un medio de comunicación a pesar de una prohibición expresa, así como haber obstaculizado el desarrollo de un juicio en el que estaba involucrado. Estos actos fueron considerados como una violación a las normas procesales vigentes.
El juez Guillermo Di Lella, tras analizar los elementos presentados y la confesión de culpabilidad de Morales, dictó la sentencia correspondiente. Esta incluyó una pena de tres años de prisión de ejecución condicional, además de la imposición de reglas de conducta que el abogado deberá cumplir.
Asimismo, se le inhabilitó de manera absoluta para ejercer cargos públicos por un período de seis años, el cual es el doble del tiempo de la condena impuesta. Cabe mencionar que la sentencia se encuentra firme, dado que las partes renunciaron a cualquier recurso de apelación. Este caso resalta la importancia de la integridad en la práctica del derecho y las consecuencias legales que pueden derivarse de su violación.