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Policiales
07/05/2022

Irá a la carcel por llevarse $1 millón de una distribuidora

Irá a la carcel por llevarse $1 millón de una distribuidora
El imputado a 3 años de prisión, actuó en complicidad con otro sujeto que no fue identificado. Ocurrió el último 4 de marzo, en avenida Colón al 1100

El Ministerio Público Fiscal, las víctimas y la defensa de José Alexander Larracochea (25) presentaron este viernes ante un juez el convenio de juicio abreviado al que arribaron en el marco de la causa que investigó el asalto a una distribuidora, ocurrido el 4 de marzo de este año, en avenida Colón al 1100 de San Miguel de Tucumán. Intervino la Unidad Fiscal de Robos y Hurtos II, dirigida por Pedro Gallo.

Según la teoría del caso, el imputado junto a otro sujeto no identificado ingresaron a la empresa cerca de las 10 de la mañana simulando ser clientes. Luego ambos sacaron armas de fuego, amenazaron a cinco trabajadores (tres empleados, el tesorero y una contadora) y al guardia de seguridad, los golpearon, y encintaron sus manos y sus pies. Una vez que los redujeron, Larracochea y su cómplice sustrajeron de una mochila la suma de $1.000.000, como así también cinco teléfonos celulares y un reloj digital, para finalmente darse a la fuga.

Condena y resarcimiento económico

El auxiliar de fiscal Rodrigo Bilbao procedió a exponer los puntos del acuerdo. Tras narrar el hecho imputado y enumerar las pruebas recolectadas, manifestó que las partes pactaron la pena de 3 años de prisión condicional por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego de operatividad no acreditada, en calidad de autor.

Dicha pena queda sujeta al cumplimiento de una serie reglas de conducta, entre ellas: promesa de someterse a procedimiento, obligación de permanecer disposición del tribunal, fijar residencia, no acercarse a las víctimas y a sus domicilios a una distancia no menor a 100 metros, abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas. Además, el condenado deberá hacer entrega de $300.000 en carácter de recomposición a la empresa.
Al concluir la audiencia, el magistrado interviniente declaró admisible el acuerdo pleno de juicio abreviado.

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