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29/01/2021

Se reglamentó la ley de aporte solidario y extraordinario de las grandes fortunas

Se reglamentó la ley de aporte solidario y extraordinario de las grandes fortunas
La reglamentación se concretó a través del decreto 42/2021 y lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Economía, Martín Guzmán.

BUENOS AIRES, Argentina.- El Gobierno reglamentó la ley de Aporte Solidario y Extraordinario para morigerar los efectos de la pandemia (ley 27605/2020). Los detalles de la medida se dieron a conocer esta madrugada con su publicación el Boletín Oficial.

La reglamentación tiene 12 artículos. Establece un aporte por única vez de una tasa del 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el impuesto a las Bienes Personales más de 200 millones de pesos (aunque la tasa va subiendo según el patrimonio).

En este sentido, la tasa a cobrar será del 2,25% para quienes se encuentren entre los $300 y los $400 millones, del 2,50% para aquellos que tengan entre $400 y $600 millones, y del 2,75%, para aquellos patrimonios entre $600 y $800 millones.

El aporte subirá hasta el 3% en el caso de las fortunas entre los $800 y $1.500 millones y se extenderá hasta el 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y 3.000 millones. Quienes tengan bienes que superen este último valor se les cobrará un 3,5%. 

Por último, la ley 27605 determina específicamente cuál será el destino de los fondos recaudados, que serán distribuidos, a saber: en un 25% a exploración, desarrollo y producción de gas natural; otro 20% a adquirir equipamientos de salud para enfrentar la pandemia; un 20% a apoyar a empresas Pymes; un 20% para financiar el relanzamiento de las becas Progresar creadas para apoyar a jóvenes estudiantes, mientras que el 15% restante se utilizará para la urbanización de barrios populares mediante cooperativas organizadas por los vecinos de cada barrio.

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