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Policiales
23/10/2021

Sobreseen a una tucumana, víctima de trata que se transformó en victimaria

Sobreseen a una tucumana, víctima de trata que se transformó en victimaria
El caso, que ocurrió en la ciudad cordobesa de Río Tercero, generó un interesante debate judicial.

“Los delitos que podría haber cometido B. fueron el resultado directo de su condición de víctima de la trata con fines de explotación sexual a la que fue sometida durante 20 años, y la ley no exige simultaneidad, porque es evidente que las consecuencias del sometimiento de la víctima se prolongaran en un período de tiempo mayor o menor, o quizás no logren superarse nunca, y la persona sólo aprenda a sobrevivir con esos episodios traumáticos de por vida, lo que forjaran su personalidad”.

Con este párrafo y otras consideraciones, tanto técnicas como humanas, la jueza de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Liliana Navarra, fundamentó el sobreseimiento de una mujer que estaba procesada acusada de haber explotado sexualmente a otra joven.

En resumen, una víctima de trata que ahora había llegado a la Justicia Federal acusada de haberse convertido en una victimaria.

¿Puede alguien que fue sometida en el inframundo de la trata de personas durante 20 años poder dimensionar que existe otro modo de relacionarse? Esta fue la pregunta tácita fundamental que guio todo el análisis que la jueza resolvió con el sobreseimiento de la acusada, que estaba imputada por el delito de “trata de personas con fines de explotación sexual agravada por haber sido perpetrada mediante engaño, violencia, amenazas, abuso de situación de vulnerabilidad, intimidación, pluralidad de autores y por haber sido consumada la explotación”.

La acusación sostenía que en el verano de 2015, B. captó en la localidad tucumana de Las Talitas a una joven de 18 años, que vivía en una evidente situación de vulnerabilidad. Desde entonces y hasta mayo de ese año, la habría explotado sexualmente en un domicilio de la ciudad cordobesa de Río Tercero, donde funcionaba un prostíbulo.

“La maniobra ilícita fue ejercida con violencia verbal, física y amenazas. La víctima habría ejercido bajo intimidación la actividad sexual a cambio de dinero que siempre le fue retenido por B. La imputada se habría aprovechado de la vulnerabilidad de la joven alojándola en ese lugar falto de higiene en estado de cautiverio, sin suministrarle alimentos, ejerciendo en todo momento control sobre su persona y suministrándole estupefacientes”, se leía en el expediente en contra de B.

En una primera instancia, el juez federal de Villa María, Roque Ramón Rebak, terminó por sobreseer a B. al entender que la mujer había actuado “bajo error de prohibición directo e insuperable, culturalmente condicionado”. Fundamentó su posición en los términos del informe psicológico incorporado al expediente, del cual se desprende que la historia personal de la acusada la habría llevado a naturalizar los hechos investigados y a repetir patrones de conducta.

Sin embargo, la fiscal federal de esa jurisdicción, María Marta Schianni, apeló, por lo que el expediente viajó hacia la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones.

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