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16/04/2021

Tribunal UE dice que Bulgaria debe expedir documentos de identidad a una niña con dos madres

Bulgaria debe expedir documentos de identidad para una niña con dos madres unidas por un matrimonio del mismo sexo, afirmó el jueves en un dictamen el abogado general del máximo tribunal de la UE, aunque el bloque no puede obligar al país a reconocer lega

El dictamen del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE se refiere al caso de un matrimonio búlgaro-británico en el que ambas mujeres son reconocidas como madres en el certificado de nacimiento de su hija, que fue expedido en España, donde residen.

Sin embargo, Bulgaria, que no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo, se negó a nombrar a ambas como madres en un certificado de nacimiento nacional que la pareja había solicitado para obtener un documento de identidad búlgaro -y por tanto comunitario- para la niña.

Aunque Bulgaria no puede paralizar el derecho a la libre circulación de sus ciudadanos en toda la UE, sí que puede negarse a expedir un certificado de nacimiento en el que figuren las dos mujeres como madres en virtud de su legislación nacional, según el dictamen.

“Si la niña es de nacionalidad búlgara … Bulgaria debe expedirle un documento de identidad o un documento de viaje en el que se mencione a (la ciudadana búlgara) V.M.A. y a su esposa como progenitoras, para que la niña pueda viajar con cada una de sus progenitoras individualmente”, dice el dictamen.

“Por el contrario, Bulgaria puede (…) justificar la negativa a reconocer la filiación de la niña, tal y como consta en el certificado de nacimiento español, con el fin de redactar un certificado de nacimiento que determine la filiación de dicha niña en el sentido del derecho de familia interno”.

La contradicción pone de manifiesto los rompecabezas a los que se enfrentan las parejas homosexuales en la UE de los 27, donde algunos países permiten el matrimonio y la filiación entre personas del mismo sexo, mientras que otros no.

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