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06/01/2021

Conocé las claves del proyecto de ley de monotributo que ingresó al Congreso

Conocé las claves del proyecto de ley de monotributo que ingresó al Congreso
La iniciativa del Ejecutivo propone un esquema de actualización de los topes de las categorías y el reingreso anticipado al monotributo de los contribuyentes que pasaron al régimen general.

BUENOS AIRES, Argentina.- El proyecto de ley con cambios en el régimen del monotributo que el Gobierno nacional envió al Congreso plantea un esquema de actualización de los topes de las categorías, contempla el reingreso anticipado al monotributo de los contribuyentes que pasaron al régimen general.

Las claves

En los fundamentos, el proyecto propone “establecer distintos mecanismos para morigerar el impacto negativo” que tuvo la cuarentena en los monotributistas, de manera de beneficiar “a una significativa cantidad de pequeños y pequeñas contribuyentes que, de acuerdo con los parámetros vigentes, quedarían excluidos y excluidas con efecto retroactivo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes en una situación extraordinaria”.

Además contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020. “La actualización, de acuerdo a los lineamientos que plantea el proyecto es de 35,3%”, indicó el tributarista César Litvin, CEO del estudio Lisicki, Litvin y Asociados, a Télam.

También el texto elaborado por la AFIP busca aliviar la situación de quienes facturaron por encima del límite y que por ello deberían pasar al régimen general. “Los excedidos son los que superaron el tope” y aclaró que se dividen en dos tipos: el que superó el límite y el que se quedó -o se fue voluntariamente- como responsable inscripto.

Para el primer caso “en la medida en que sus ingresos no superen el 25% del tope a ese momento puede quedarse en el régimen. El que se cambió voluntariamente y está en la misma relación de facturación puede regresar” como monotributista.

El otro punto que plantea el proyecto es el puente entre un régimen y otro para que la diferencia no sea tan significativa. Para ello admite beneficios a través del IVA y de Ganancias.

A través del IVA “se le permite un crédito fiscal presunto equivalente a un 17,5% del monto que le fue facturado por los proveedores y también permite un monto equivalente a una doceava parte del 50% de la alícuota en concepto de crédito fiscal pero que no puede exceder el 75% del débito fiscal”, explicó Litvin quien consideró la fórmula muy compleja y que nuevamente los monotributistas necesitarán de la asistencia de un profesional.

De acuerdo al texto enviado al Congreso, para los casos antes mencionados, la alícuota del IVA va a bajar 50% en el primer año, 30% en el segundo y 10% en el tercero.

“También hay beneficios en Ganancias donde toma un gasto deducible equivalente al 82,65% de las compras y una deducción especial equivalente al 50% de un límite”, agregó Litvin.

Este puente reduce el monto a pagar por IVA y deducciones especiales en Ganancias y dura tres años.

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